La ordenanza N°026/2020 sobre el establecimiento de áreas municipales de conservación y uso sostenible ("ACMUS") en el Cantón Loja es un instrumento normativo enfocado a las ENB. Sus objetivos son conservar los bosques nublados, páramos, humedales y otros ecosistemas frágiles en su estado natural. Además, pretende restaurar la funcionalidad de los ecosistemas en áreas perturbadas que se identifican como prioritarias en cuanto a la prestación de servicios ambientales, en particular el agua, la conectividad ecológica y la protección de la biodiversidad en el cantón de Loja. A través de una lista específica de ACMUS, el consejo municipal las crea o reconoce oficialmente. Además, establece la conservación de ecosistemas específicos. Los posibles espacios que pueden ser identificados como ACMUS son: ecosistemas frágiles, hábitats de flora y fauna, vías fluviales, laderas, humedales y áreas de inundación, áreas de suelo y/o vegetación degradada que necesitan rehabilitación. La administración y gestión de las áreas de propiedad privada y comunal, identificadas como ACMUS, son obligaciones del propietario respectivo. Las áreas de propiedad municipal serán administradas por el Gobierno Autónomo Descentralizado. Sin embargo, la gestión de ACMUS podrá ser compartida, mediante convenios entre instituciones del sector público o privado.